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¿Régimen de rostridad o rostrología? Hacía una socio-lógica del rostro

1.1.- Puntos de partida.-
Durante varios siglos el cuerpo humano como objeto de estudio o representación ha mantenido la atención de científicos, filósofos y artista. Desde los primeros trabajos anatómicos (con Vesalio y Da Vinci) hasta la perfomance en el arte moderno (Orlan, Stelarc, la Conge, etc), el ojo ha fijado en lo corpóreo unos límites de concreción para el pensamiento. Conviene aclarar que el concepto «cuerpo» no es privativo de la constitución física de hombres y mujeres. Deleuze en Lógica del Sentido (1969) lo utiliza en su justa polisemia al referirse también a todos los estados de la materia, hablando p. eje. de cuerpos gaseosos. Thomas Hobbes hiciera lo mismo (muchos) años antes con su Tratado del cuerpo (1655); Descartes desde un punto de vista mecanicista hablaría en Las pasiones del alma (1649) de la relación muscular con la percepción. Sin embargo en la búsqueda de una significación amplia y a la vez restringida de lo corporal la filosofía contemporánea (Deleuze y Guattari, 1997; Sloterdijk, 2003) ha particularizado la reflexión analizando uno de los elementos más significativos como lo es el rostro, que es “la parte más individualizada, más singular [del cuerpo]” diría Le Bretón (2002, p.43, los corchetes son míos). Así, el análisis social del rostro humano finalmente quedará relativamente circunscrito a la sociología del cuerpo.

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